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PRAIS (Programa de Reparación y Atención Integral de Salud y Derechos Humanos)
PRAIS (Programa de Reparación y Atención Integral de Salud y Derechos Humanos)

"Promoviendo una cultura de respeto del sujeto social como individuo pleno de derechos".

El Programa de Reparación y Atención Integral en Salud y Derechos Humanos  (PRAIS) nace en el año 1991 con el  propósito de contribuir a la reparación biopsicosicial de las personas afectadas por el período de represión política ejercida por el Estado entre los años 1973 y 1990. Sus líneas de acción y estrategias de intervención se fundamentan en la Política Nacional de Reparación y en las leyes promulgadas a partir del año 1992. (Leyes 19.881; 18.994; 19.074; 19.123; 19.128; 19.234; 19:582; 19.965; 19.980;19.992)
Para ello, en interdependencia con cada uno de los Servicios de Salud del país, se han implementado dispositivos de atención (Unidades o Dispositivos PRAIS) abocados a generar programas de trabajo acordes a la realidad de cada región, con la finalidad de dar cobertura a los casos que estén dentro de la política de reparación.





Durante este período, en la región de Antofagasta, se ejercieron severas prácticas de violaciones a los derechos humanos, las cuales han sido calificadas como acciones de tortura, detención, ejecución, exoneración, relegación, amedrentamiento y desaparición de personas que a la fecha no han sido encontradas.
En esta línea cabe mencionar además que en nuestra región las dependencias de la Iglesia Divina Providencia de la ciudad de Antofagasta, la ex Of. Salitrera de Chacabuco y el Campamento Militar de Conchi, fueron recintos utilizados como centros de detención y tortura de personas provenientes de todo el país.





La atención reparatoria en salud, tiene su base en el reconocimiento del daño y/o el riesgo agregado de éste en la salud de la población afectada. (Vulnerabilidad Orgánica producto del Stress Biopsicosocial).
El daño y/o riesgo aumentado de éste asume un carácter transversal y transgeneracional. Es decir,  se manifiesta en el grupo familiar completo, pudiendo ser transmitido a nuevas generaciones.
Los problemas de salud física y mental presentados por la población, revisten características especiales que los diferencian de los procesos de enfermedad que afectan a la población general.
El Programa de Atención y Reparación Integral en Salud y Derechos Humanos de la Región de Antofagasta dispone de un número aproximado de 1500 casos índices registrados, siendo la población beneficiaria del programa cercana a los 7000 usuarios PRAIS. (Casos Índices, Afectados Directos, Cónyuge /Conviviente de Afectados Directos, e Hijos de Afectados Directos).





Su objetivo es brindar atención médica reparadora e integral (física, mental y social) a sus beneficiarios, a través de dos vertientes principales:

1.- Acceso GRATUITO a todas las prestaciones médicas a que se refiere la ley N°  18.469, en la modalidad de atención institucional otorgadas en todos los establecimientos de la red pública de salud, incluyendo las garantías y coberturas establecidas en la ley AUGE. Es decir todos los beneficiarios PRAIS poseen el derecho gratuito a exámenes, consultas médicas, hospitalizaciones, cirugías, medicamentos, etc., en la misma forma y condiciones  en que estas prestaciones son entregadas a toda la población beneficiaria de FONASA Institucional.   
2.- Atención de especialidad (social, psicológica, médica y psiquiátrica) para el tratamiento de las secuelas biopsicosociales asociadas a eventos represivos, bajo el Modelo Transgeneracional, entregada por profesionales del Equipo Especializado del PRAIS.





De acuerdo a lo establecido en el artículo séptimo de la ley 19.980, son beneficiarios del PRAIS las siguientes personas:


1.- Padre, madre, hermanos, padre o madre de los hijos/as de filiación no matrimonial del causante, hijos y nietos de las víctimas reconocidas por los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
2.- Aquellas personas que estén acreditadas como beneficiarios/as de este programa hasta el día 30 de agosto del año 2003, inclusive.
3.- Aquellos/as que hubieren trabajado en la protección de los derechos humanos, prestando atención directa a las personas señaladas en las letras anteriores, por un periodo continuo de a lo menos 10 años, acreditado por el PRAIS.
4.- Aquellos/as que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
La calidad de beneficiario PRAIS no constituye una modalidad previsional de salud, por lo que es compatible con cualquier calidad de afiliado a FONASA, ISAPRE u otro, prevaleciendo siempre la calidad de beneficiario/a PRAIS por sobre los demás para la atención en el sistema público de salud, modalidad institucional.





Para ingresar al programa la persona interesada debe solicitar entrevista con el equipo PRAIS del Servicio de Salud correspondiente a su domicilio. En forma posterior a la entrevista de evaluación y pertinencia de la acreditación PRAIS, y en caso de calificar, la persona beneficiaria deberá presentar la documentación necesaria que permitan acreditar la calidad de beneficiario/a, incluyendo los documentos legales que certifique la relación familiar cuando corresponda.
Una vez ingresado al programa el beneficiario recibe una Credencial PRAIS (formato único). El uso de la credencial PRAIS es intransferible, su duración es indefinida y tiene validez en todo el territorio nacional, independientemente del lugar donde ésta haya sido emitida, y en la totalidad de los establecimientos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o que estén adscritos al mismo, incluyendo los establecimientos de atención primaria municipal, así como los establecimientos experimentales de salud.




Para ingresar a PRAIS, las personas interesadas deben solicitar una hora para entrevista de ingreso con el equipo especializado PRAIS del Servicio de Salud. La entrevista de acogida e ingreso será efectuada por al menos 2 profesionales del equipo PRAIS especializado, y tendrá una duración de 1 a 3 sesiones de evaluación. Cada sesión tendrá una duración de 1 hora aproximadamente.
La entrevista de acogida e ingreso tiene por objetivos:

1. Establecer vínculo institucional
2. Definir el o los motivos principales de consulta
3. Realizar la evaluación diagnóstica con la caracterización de la experiencia traumática y la evaluación de las necesidades individuales y familiares 
4. Acreditar la calidad de beneficiario
5. Entregar información y orientación respecto del PRAIS
6. Derivar en forma asistida para atención en la red de salud general según corresponda

Si califica, y de acuerdo a cada situación en particular, los documentos que podrían llegar a solicitarse, entre otros, para acreditar la calidad de beneficiario serían:

1. Revisión de listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación.                     
2. Revisión de listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
3. Fotocopia simple de Certificado de Exoneración Política otorgado por el Ministerio del Interior. 
4. Certificado de Organismos de Derechos Humanos que acredite que la persona solicitante trabajó en la protección de los derechos humanos, prestando atención directa a las personas beneficiarias PRAIS, por un período continuo de a lo menos 10 años.
5. Certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, certificado de defunción, fotocopia simple de cédula de identidad.

Todo beneficiario PRAIS recibe una credencial consistente en una tarjeta modelo único,  firmada y timbrada por el Director del Servicio de Salud donde se otorga. Posteriormente, estos antecedentes serán ingresados en el Registro Nacional de Beneficiarios PRAIS.  El uso de la credencial PRAIS es intransferible, su duración es indefinida y tiene validez en todo el territorio nacional, y en la totalidad de los establecimientos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud (hospitales públicos, consultorios municipalizados y postas rurales). A partir de los 18 años de edad, se podrá acceder a una credencial individual a solicitud del beneficiario. Todo beneficiario PRAIS tendrá derecho a la gratuidad de las prestaciones médicas a que se refiere la ley 18.469 (FONASA), en la modalidad de atención institucional. No obstante cabe señalar que la condición de beneficiario PRAIS no constituye una modalidad provisional de salud.




PRAIS ANTOFAGASTA
PRAIS ANTOFAGASTA

Dirección:  Avda. Argentina # 2932, Antofagasta

Fono:  055-654300 - 09/68438301

Fax:  055-654309

Mail:  praisantofagasta@ssantof.cl

Horario de atención:  Lunes a viernes,  08:00 – 13:00 hrs. y 14:30 – 16:45 hrs. 

 

Equipo Prais de Antofagasta
Equipo Prais de Antofagasta


PRAIS CALAMA

Dirección:  Calle Antofagasta # 2352, Calama

Fono:  055-654384

Mail:  praiscalama@gmail.com

Horario de atención:  Lunes a viernes,  08:00 – 13:00 hrs. y 14:30 – 16:45 hrs. 

Equipo Prais de Calama
Equipo Prais de Calama